Ahorro
obligatorio
Los asociados deben hacer aportes obligatorios que oscilan entre el 4% y el 10% del salario básico del asociado, como contribución mínima legal.

Aquellos asociados que superen 100 S.M.M.L.V. podrán aportar el 1.5% de su salario.

El Ahorro se distribuye: 75% como aporte social 25% al ahorro permanente
·Estos ahorros son de de carácter obligatorio.
·Por ley solo se reintegra al asociado por desvinculación del Fondo.

La rentabilidad del Ahorro Permanente es del 2.00% EA